La Inspección de Trabajo vigilará y controlará el cumplimiento de las medidas sanitarias en los centros de trabajo
SANCIONES HASTA 40.985 €
El Real Decreto Ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transporte y vivienda habilita temporalmente a los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a los funcionarios habilitados por las Comunidades Autónomas para realizar labores de vigilancia y control de las obligaciones exigibles en materia de higiene en los centros de trabajo, de protección personal de las personas trabajadoras y de adaptación de las condiciones de trabajo, la organización de los turnos o la ordenación de los puestos de trabajo y el uso de las zonas comunes.
Podrán extender actas de infracción, si se da el caso, y el incumplimiento de estas medidas se considerará una infracción grave, por lo que las multas podrían ir desde 2.046 a 40.985 euros.