La mascarilla es obligatoria en el comercio
La Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, regula las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla mientras dure la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Esta obligatoriedad entra en vigor hoy jueves 21 de mayo y afecta a todas las personas mayores de 6 años, excepto:
a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El uso de las mascarillas, preferentemente higiénicas y quirúrgicas (deben cubrir boca y nariz), será obligatorio (siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de 2 metros) en:
- espacios cerrados de uso público o abiertos al público, como comercios
- vía pública
- espacios al aire libre
En todo caso hay que observar las recomendaciones de las autoridades sanitarias.